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vamos a esperar unos cuantos minutitos para que más personas a ver que puedan unir. Perfecto. Bueno. Bueno.
Nuevamente vamos a agradecer considerablemente a nuestros amigos de Cámix por la oportunidad que se nos brinda para el desarrollo del curso de Derecho empresarial. En esta oportunidad vamos a desarrollar la tercera unidad que comprende prácticamente dos sub temas, los cuales en el transcurso de la exposición les voy a detallar. Nuevamente me presento para los que no me conocen soy el economista Carlos Walthoco Pocondori. Bueno, vamos a empezar desarrollando el tema del análisis de la empresa en el comercio global.
Vamos a ver más o menos a un nivel un poco más macro, más o menos cuales han sido la coyultura con respecto al tema de las mites de repente directamente como se han desarrollado en el comercio y también vamos a evidenciar algunas posibilidades que de alguna manera podían aperturar muchos de los jóvenes que guiendía nos ven a través del Facebook de Kant. Bueno, como les comentaba, lo que vamos a hacer principalmente es analizar este dato, el cual establece que el año 2018 la mayor parte de empresas que exportaban en el país, en este caso fueron micro y pequeñas empresas, micro un promedio de 54.8% y pequeñas empresas de un 26.7%. Seguido obviamente de las medidas grandes empresas de un 18.5%. Este dato nos da a conocer que el promedio alrededor de más de 80% de empresas que se dedican a rubro de la exportación, prácticamente pertenecen a la categoría que le llamamos como micro y pequeñas empresas.
Este dato ocasionó que en el 2019 en la decimon segunda cumbre de PIMES de AP, el Ministerio de Comercio Exterioriturismo, puede establecer nuevas estrategias. A eso lo llamaban como estrategias MIPIME al mundo 2019-2021. En la primera sesión, también ya les había hablado de este tema y es más les había sugerido, si ustedes pudieran revisar las estrategias que desarrollaba el Ministerio de Comercio Exterioriturismo, como lo llamaba MIPIME, RUMVAL 2019-2021. Estableces distintas estrategias que de alguna manera podría facilitar para que justamente este sector, este 80% de empresas que radican en el rubro de la exportación, puedan adquirir mayores capacidades y habilidades para poder repotenciarlos.
Dentro de esta descripción, por ejemplo, podemos encontrar el siguiente gráfico en donde nos da a entender que tanto en las micros y pequeñas empresas representan el mayor porcentaje, de tipo de empresas en este caso que se dedican al rudo de la exportación. Pero, por el otro lado, también nosotros podemos visualizar que si medimos en términos de participación en el valor de la exportación, nos damos con la sorpresa de que este más de 80% solo representa el 1.8%. Este dato es un dato que posiblemente sea un golpe, principalmente acerca de las micros. Pero, tomando en consideración esta evolución que se ha susitado con respecto a las MIPES, justamente surge en el 2013, el decreto Supremo Número 13 se mete con el objetivo de tratar de enormar el tratamiento de este sector de las micro pequeñas y medianas empresas.
Y de repente, haciendo un paréntesis con respecto al tema de la economía nacional, se establece de que las MIPES representan el 92.7% del total de empresas peruana. Entonces, estamos hablando en casi el 9 de cada 10 empresas están dentro de la categoría de MIPES. Y a la vez, esta categoría de MIPES, lo que hace dentro del mercado laboral, es dar en este caso trabajo a un 47% de la población económicamente activa. Esto lo que a la vez demanda, o lógicamente, es que todos los líderes políticos o de más representantes puedan considerar este tema muy importante para futuras medidas o políticas tributarias o fiscales que se vayan a considerar para este sector.
Bueno, dejando de lado un poco, vamos a centrar a establecer cuáles serían los criterios de poder categorizar que empresa es considerada micro, que empresa es considerada pequeña o que empresas considera como mediana empresa. Entonces, antes del 2013, usualmente, había dos elementos para considerar si mi empresa era una micro, si era una pequeña o una mediana empresa. Para ser considerada como un micro-empresa, antes del 2013 se tenía en consideración dos elementos. Uno era el total de ventas que generaba, digamos, de ventas de 150 UITES y la siguiente que se consideraba era el total de trabajadores que uno podía emplear.
Para el caso de micro-empresas, antes del 2013, se consideraba que las ventas no debían exceder a 150 UITES ni que debían excederse a 10 trabajadores. Para este caso, justamente el dato dice, en junio del 2013, el número de trabajadores ya no es criterio para considerar una empresa como micro, pequeña o mediana empresa. Entonces, de repente también muchos se preguntan, ¿qué es una UITES? Présicamente es una unidad impositiva a tributaria que anualmente el Ministerio de Economía y Finanzas establece como una medida para establecer, ya sean deuras, sanciones, de carácter tributaria y todo de ellos.
Para la fecha, para el año 2020, el decreto Supremo 308 estableció que una UITES era equivalente a 4.300 soles. Entonces, nosotros hoy en día, ya no nos vamos a ver afectados, siempre cuando, por ejemplo, mis ventas no exceden a 150 UITES. Si nosotros multiplicamos 150 UITES por 4.300 soles, no sale un promedio de 645.000 soles de ventas anuales. Si no excedo ese monto, entonces estoy dentro de la categoría de micro, empresa.
Ya no está el otro factor necesivo que de total de trabajadores porque hoy en día, con todos los abanses tecnológicos y demás, simplemente una micro empresa de repente puede tener más de 10 trabajadores. En cambio, antes del 2013, este era una regla que limitaba mucho la evolución también de la micro empresa. Bueno, pasamos ahora a un tema muy importante, que es acerca de las modalidades empresariales para la Constitución de la empresa. Vamos a evaluar un poco acerca de cuál sería las modalidades o las opciones que nos da de alguna manera la legislación con respecto al momento de considerar qué tipo de empresa quiero ser yo.
Bueno, a rasgos generales podemos encontrar la categoría de personas natural y a la vez personas jurídicas dentro de la categoría de personas natural. Encontramos a las empresas unipersonales, las empresas unipersonales que de alguna manera están principalmente liderados por una persona natural con negocio. En este caso quiere ejercer el rubro de repente de comercio o lo que fuera, pero de alguna manera, ellos se ve limitado principalmente por la responsabilidad que va a conllevar porque las personas naturales o las personas con negocio en este caso tienen rasgo, digamos, desfavorable de asumir una responsabilidad ilimitada. Bueno, hay muchos que preguntaran qué conlleva eso.
El asumir una responsabilidad ilimitada conlleva principalmente a que si la empresa de Pedro, por ejemplo, vamos a poner llega a un punto de repente de querer pagar o si se adeura o llega a conseguir una sanción. Entonces, se va a tener que pagar no solo con el patrimonio de la empresa sino también Pedro por ser una persona natural o una empresa unipersonal va a asumir la deuda con su patrimonio personal. Esa es de repente una desventaja grande con respecto a esta categoría de empresa. Por el otro lado, tenemos a la persona jurídica que entre las más resaltantes tenemos a la empresa individual de responsabilidad limitada.
También tenemos a una sociedad tanónima, dentro de ellas concebimos el tema de la sociedad tanónima abierta, también tenemos a la sociedad tanónima cerrada y la conocida sociedad comercial de responsabilidad limitada. Dentro del tema de la personalidad jurídica se establece más de siete tipos, pero los que vamos a considerar el día de hoy, posibilmente son las más conocidas o los más comerciales. Entonces, empezamos. Para empezar, vamos a ver un poco acerca de las ventajas y desventajas que conllevaría si es que yo deseo establecer una personalidad jurídica.
A grandes rasgos o en líneas generales, podemos establecer que una gran ventaja en lo puesto de repente a la persona natural es que como persona jurídica yo establezco que mi empresa se haga responsable con el patrimonio de la empresa de cualquier deuda que vaya a asumir la empresa, digamos, de Pedro. Entonces, esto de alguna manera favorece para que yo como soció, como accionista, no vaya de repete. A sufrir algún daño, si nosotros podríamos evaluar entre las ventajas y las ventajas que conllevaría el hecho de establecer como persona jurídica creo que existe mayores ventajas que desventajas en este caso. Bueno, un dato muy importante a tomar inconsideración durante el desarrollo es que muchos de repente me preguntan, ¿no?
Yo quiero constituir mi empresa y cuando le preguntas qué tipo de empresa me dicen, yo quiero hacer una saga, porque la saga tiene más renombre en el mercado. Otros te dicen, no quiero ser una sociedad comercial de responsabil limitada, pero creo que en el mercado no suena y además la la la sentía de financieras al momento de solicitar yo posiblemente un préstamo de repente van a evaluar qué tipo de presa estoy considerada y de acuerdo a eso me van a a considerar el préstamo o no. Bueno, así lo que vamos a hacer hoy en día es leer un dato muy importante a tomar en cuenta que todas las todas las formas de empresa todas las formas empresariales que contemplan nuestra legislación pueden ser utilizadas para realizar la actividad que decidamos realizar. La diferencia que existe entre una y otra principalmente es de de carácter formal, es decir, es de carácter más organizativo.
Hablamos de cómo se va a constituir internamente si es que yo deseo ser, por ejemplo, ser el único socio, el único dueño, entonces posiblemente no va a convenir ser una saga, porque ya sabemos que ello no va a competir. Entonces, antes lo que más me con lo que más me conviene será pues un empresa individual de responsabilidad limitada y lo otro dice más no de carácter cualitativo, claro, porque hay alguna manera al momento de solicitar, por ejemplo, un préstamo, la entidad financiera no te va a evaluar qué tipo de empresas, lo que va a evaluar principalmente es su balance general que establezca en este caso la empresa. Entonces, ya un poquito dejando del lado de repente lecho de de apostar más por una saga y de repente de de menos presión los otros tipos de empresa vamos a pasar a conceptualizar algunos algunos datos que de alguna manera todo joven, empreendedor o empresario debería considerar al momento de querer constituir su empresa para empezar hablamos acerca del capital social y muchos se preguntará qué es un capital social. Bueno, el capital social podríamos resumir que está comprendida por todos aquellos aportes que realizan los socios, que que desean constituir una empresa y que en este caso el capital social puede estar dividido en un capital social monetario y un capital social no monetario.
Entonces, al momento de hablar de un capital social monetario, lo que estamos hablando prácticamente es de que yo como socios voy a aportar económicamente a la constitución de la empresa al capital principalmente. Entonces, hoy en día, por ejemplo, a través del decreto número 13, que también se establecen en el 2013 que ya le estaba comentando hace referencia de que las mipes no requieren el tema de realizar algún depósito bancario. Lo único que pueden hacer es un aporte inefectivo y eso se puede validar con una declaración jurada. Para el caso, por ejemplo, de que yo deseo integrarme como socios y voy a realizar un aporte no monetario, esto obviamente hace entender de que mi aporte va a ser principalmente en vienes y hacia muebles o sea en vienes y muebles.
Y de igual manera para realizar, digamos, la valorización de este aporte que estoy realizando va a ser necesario que yo haga, necesaria que contrate una persona o si es que tengo la, digamos, la predisposición y la capacitación para poder realizar una valorización de mis vienes lo puedo realizar. Y para que tenga efecto lo único que solicita este decreto es que también sega por una declaración jurada. Bueno, un dato importante dentro de este concepto de capital social que tenemos que considerar es justamente de que la ley no establece un monton mínimo ni un monton máximo para la conformación del capital social. Esto porque lo digo porque principalmente hay muchos muchos empresarios o jóvenes que están queriendo la repente constituirse empresa y me preguntan cuánto es el capital máximo o cuánto es el capital mínimo que requiero para aperturar, digamos, una, una saga o cualquier tipo de empresa.
Bueno, entonces no existe un monton máximo o un monton mínimo. Eso va a depender estrictamente de repente de cómo ustedes como como empresarios como socios, vayan a considerar el hecho de aperturar. Y un tema muy importante acá es que siempre el capital social debe reflejar el capital inicial que se requiera principalmente para iniciar para que el empresa inicie. Porque imaginemos de que yo Carlos, por ejemplo, me asocio con digamos con un Pedro y aperturamos un capital social de un millón de soles y al momento de que nosotros vamos a solicitar a una entidad financiera que nos haga un préstamo.
Obviamente la entidad financiera no se va a fijar en el millón de soles que nosotros hemos aportado lo que lo que la entidad financiera va a evaluar principalmente es el balance de mis estados financieros, principalmente mi balance general lo que yo ya le estaba comentando. Entonces es por eso que hay que sacar del digamos de ya el hecho de que debe existir un capital mínimo o un monton mínimo para poder constituir mi empresa. Ok. Otro concepto muy importante que tenemos que tener en cuenta hoy en día al momento de que constituye nuestra empresa es el tema de los Jetos Social y bueno, ¿quién tendemos por objeto social?
Bueno, lo llamamos como objeto social a este conjunto donde de detalles que de alguna manera vamos a nosotros a desarrollar o que principalmente la empresa va a desarrollar este conjunto de actividades a la que se va a dedicar. Y esto principalmente lo vamos a incluir en la minuta que previamente vamos a tener que desarrollar y hacer con un notario o principalmente recurriendo alguna entidad estatal que nos pueda ayudar a elaborar dentro del cual nosotros también vamos a elaborar el estatuto. Entonces lo importante acá de los Jetos Social o lo más relevante que me gustaría que tome en cuenta es que nosotros al momento de constituir como una empresa podemos poner muchas actividades a las que mi empresa se vaya a dedicar. Porque no existe una limitante sin si yo me dedico a rubro no sé de comercio digamos por decir digamos al comercio principalmente de productos tecnológicos no sólo voy a poner viamos a la 20 compra de celulares no y no de repente puedo abarcar el tema del lato, puedo abarcar el tema de repente de repuestos, puedo abarcar posilemente el tema de la instalación de software yo que sé.
Entonces podemos acá establecer múltiples actividades que mi empresa en este caso no sólo en el presente sino a mediano o largo plazo pueda desarrollar porque lo importante acá es que al momento de que nosotros vamos a detallar las actividades a las cuales se va a dedicar a esta empresa lo vamos a elaborar en el estatuto no es que la zona le va a decir tú te estás dedicando a diez actividades empresariales y me tienes que pagar más impuestos no las unas no. Actual de esa manera lo que ellos principalmente establecen es que ellos se van a basar en tu en el en el en el monta de 20 en este caso y de alguna manera en base a eso también ellos van a estructurar. Entonces los resultantes digamos de considerar el tema de los jeetos social es que nosotros podemos poner múltiples actividades que vamos a desarrollar en el rubro pero un dato muy importante a tener en cuenta de al momento de desarrollar el objeto social de la empresa. Es que nosotros no está permitido prácticamente hacer una descripción general de actividades por ejemplo le decir yo como le me dedico al tema de la de la venta de celulares y a les dije puedo poner digamos la venta del acto instalación de software y o que se reparación repuesto y lo que fuera pero no puedo decir de alguna manera y actividades en general o algo así o servicios en general porque ya como muchos autores comentan al momento de que yo por ejemplo lo interpreto y digo para un comerciante actividades generales son otras cosas.
Si yo me estoy dedicando al tema del digamos de la venta y compra de aparatos tecnológicos obviamente no voy a poner y servicios en general si estamos estaríamos hablando de no sé pues de reparación de no se venta de inodoro lo que fuera no podemos poner eso si está prohibido lo que si está permitido es que podemos poner múltiples actividades las que nosotros veamos conveniente desarrollar a mediano o largo plazo. Antes eso usualmente surge una pregunta y me gustaría que de repente si es que hay alguna consulta lo puedan realizar es como queríamos yo quiero dedicarme digamos a la venta de de muebles no cierto y también a la par me quiero dedicar a la venta de televisores lo pueden hacer claro que si lo pueden hacer si te permiten sólo que por un digamos por un por una por una estructura principalmente de cómo te van a ver en el mercado es como una empresa que vende muebles que vende televisores entonces como que no se va a ver bien pero por normativa si está permitido de repente poder detallar las actividades que tú vas a realizar pero como vuelva rey tiera el tema de detallar o hacer descripciones generales es la que no está permitida. Bueno ahora vamos a pasar a hablar un poco acerca de las características de las formas empresariales más utilizadas en el caso nuestro. Para este caso tenemos a la empresa individual de responsabilidad limitada la e r l después también tenemos a la sociedad anónima en la cual también podemos encontrar la sociedad anónima abierta a la sociedad anónima cerrada y por último también vamos a ver un poco y analizar el tema de la sociedad de responsabilidad limitada no principalmente vamos a analizar las principales características las ventajas y desventajas que cada una conlleva.
Bueno empezamos entonces la empresa individual de responsabilidad limitada cual sería la característica principal bueno primero sería el tema de que está conformada por una sola persona ok acá no puede digamos estar asociados personas sino una sola persona si nosotros analizamos en la organización administrativa principalmente de este tipo encontramos a un titular ok y a un gerente como titular nosotros podamos ver un poco. Entonces podemos denominar al dueño no al dueño se le denomina como titular quien este caso va a ser el órgano máximo obviamente que se va a encargar de la de la decisión de rumbro que va a tomar de repente la empresa pero también encontramos al gerente el cual principalmente está encargado de la de la parte administrativa y el hecho de representar la empresa. Entonces posiblemente acá surjan preguntas no entonces si yo quiero ser una empresa individual de responsabilidad limitada entonces esto si o si tengo que tener un gerente y tengo que tener un titular pues no esto ya va a depender no es una condicional sino usualmente de repente se constituye así pero si tú como dueño eres titular y a la vez eres gerente entonces está bien y es permitido no es que acá si o si se tenga que contratar a una persona como gerente no y la otra característica que también le establece la ley 21 621 principalmente ese rubro de que esta categoría ya viene a pertenecer de rubro de responsabilidad limitada se acuerdan que les había comentado acerca de que las personas con categoría un personal o personas naturales con negocio tenían digamos la desventaja de que al momento de que la empresa vaya encurría alguna sanción o modesta de repente esto hace de que la empresa no sólo llega a pagar con el patrimonio del empresa sino de repente el dueño del empresa vaya a pagar con su patrimonio personal esto es lo puesto entonces una empresa individual si parece una empresa unipersonal porque tiene un sólo dueño pero en lo que se diferencia en principalmente es acerca de la responsabilidad limitada que cree decir principalmente que si la empresa digamos llega a debutar a algo entonces la empresa va a responder con el patrimonio únicamente de la empresa y no va en este caso no se va a haber dañado el patrimonio del titular o del dueño de la empresa. Entonces para quien estaría recomendado este tipo de empresa principalmente para aquellas personas que quieren trabajar solas, que quieren constituirse su empresa solas, no quieren tener socios más adelante y nada por el estilo.
Bueno de repente hasta este punto voy a ver si hay algunas consultas y vamos a estar viendo para poder absolverlas. Perfecto. A ver, gracias a Alexandra, 17 pueden ser aportes intelectuales, más o menos a qué te refieres a Alexandra, si es que de repente tú ya tienes una patente a esos refieres o a qué tema específicamente me gustaría que me detalles. Gracias Loli, salió desde Costa Rica, gracias por vernos.
A ver, Alexandra, a ver, no ya me dice, disculpe, y si se quiere hacer una organización sin fines del lucro también aplican este tipo de sociedades, bueno, gracias por la pregunta, Alexandra, para el tema de organizaciones sin fines del lucro es otro tipo de categoría, no, estos prácticamente es todo lo que hoy en día estoy explicando, entran en la categoría digamos de lucrativas, ya, para el tema de organizaciones sin fines del lucro ya vienen a hacer otro tipo de organizaciones, los cuales vamos a detallar la próxima semana, gracias no es bien y vamos a estar un poquito explicando, pero hoy en día, no, este este tipo de cada digamos de categoría, no estaría sujeta principalmente a lo que comentaba, Alexandra. Diego, gracias por vernos, hace la pregunta, pueden también poner como una empresa para importar, claro que sí Diego, te comento, de que siendo empresa con personudía natural o con personudía jurídica, todos están libras de poder realizar el tema de la importación, si acá no hay una limitante por ejemplo el tema del volumen que tú vas a importar, siendo una empresa individual de responsabilidad limitada, no hay digamos, como una limitante, le hecho de que tus ventas tienen que ser tanto por ciento, no, tus ventas o tu cantidad de trabajadores que tú vayas a contratar como imprescindedores de responsabilidad limitada, no tienen límites, de igual manera el tema de tus compras. A ver, José, bueno hasta este punto vamos a hacer las preguntas, de igual manera les invito a que sigan realizando las consultas al final de la exposición vamos a continuar con tratar de absorber las preguntas, a ver, continuamos, un dato muy importante, un dato estadístico es que a la fecha hoy en día un tercio de las empresas y se constituyen en el Perú, toman este robo, como imprescindedor de responsabilidad limitada, porque porque posiblemente sea la más accesible a una realidad nuestra y lo otro es que de alguna manera el tema de tener una responsabilidad limitada es algo muy llamativo, no. Ahora vamos a entrar un poco más a analizar el tema de las sociedades anónimas, bueno y aquí quiero hacer un interpié en tratar de romper algunos conceptos que usualmente se le vamos a escuchar, que sólo existen dos tipos de sociedades anónimas, algunos dicen que sólo existe la sociedad anónima cerrada y una abierta, pues no, la constitución establece principalmente, que pueden existir tres tipos de sociedades, la sociedad anónima tal cual la ordinaria, la tradicional, también tenemos la SAG y la sociedad anónima abierta, y dentro de este robo el dato curioso es que el 65% de empresas de igual manera que se constituyen en el Perú, usualmente toman el robo de una sociedad anónima cerrada, es lo que justamente también está comentando antes.
Bueno, analizamos un poco las características más resultantes de una sociedad anónima, bueno como sociedad anónima, el decreto, en este caso la ley general de sociedades establece que una SAG, en este caso, es conocida también como ya lo habíamos dicho como una sociedad tradicional o la clásica, en este caso está constituida por un mínimo de dos personas y pueden estar constituidas hasta un máximo de 749 socios, entonces repetimos, si yo quiero ser una sociedad anónima, entonces yo te voy a estar constituida, mínimo de dos personas hasta 749, en este caso toma el nombre de socios, como ya lo habíamos comentado, la característica que también o la ventaja que conlleve el tema de la sociedad anónima es que los socios no responden como el patrimonio personal, lo único que en el caso de que la empresa vaya adivamos a adoptar una sanción, únicamente se va a tener que responder con el patrimonio de la empresa, ¿no? Ahora vamos a analizar un poco acerca de, ¿no? De mi minutito, por favor. A ver, perfecto.
A ver, me da un minutito, voy a corregir. Ah, perfecto, creo que ya. A ver, a ver. A ver, mientras vamos a estar leyendo, por favor, las preguntas de muy minutito, mientras que voy resolviendo este problema.
A ver, nos quedamos... Tienes al exánero, respecto. Diego, perfecto. A ver.
Prani, gracias por vernos. Nos consultan, tengo un negocio dedicado a rubro de eventos, específicamente al card al fayter, de cocktails y senas. ¿Cómo puedo constituir mi empresa? Bueno, este comento de que el día de martes habíamos ya abordado un poco acerca de...
A ver, vamos a abrir. Un poco de menos. Ya, mientras voy respondiendo. Bueno, el día de martes habíamos hablado un poco acerca de cualizarán los pasos para poder constituir mi empresa.
Y en eso habíamos encontrado que son seis pasos, ¿no? Que son seis pasos, los que usualmente se incurre para poder constituir mi empresa. Hablamos de este, el mismo hecho de poder realizar la reserva de nombre de mi empresa, no en este caso. El rubro, la actividad de la que también me va a dedicar.
De hecho, también podemos encontrar la elaboración de la minuta del estatuto. Pero a la vez también te invitaría que puedas revisar. Ya, como te comento el día de martes, puedes revisar el video, donde detalle un poco acerca de cual son los seis pasos que se tiene que realizar al momento de constituir la empresa. A ver.
A ver, otra pregunta, vamos a estar resolviendo. Y laje un poco la lata. Ya, vamos a continuar resolviendo las preguntas a ver, ¿qué más? Buenas tardes, ¿qué tal?
Buenas tardes. Una razón social ya existente puede aplicar, hacer droguería y seguir teniendo sus actividades habituales, además de como la droguería. A ver, dice, puede ser aplicada la droguería y seguir teniendo actividades habituales, además de la droguería. Creo que te refiero principalmente al comentario que había lanzado, ¿no?
Que una empresa puede tomar múltiples actividades. Bueno, sí, sí, sí, es permitido que una empresa pueda tomar múltiples actividades. Lo que no está permitido es la repente que nosotros podamos detallar como actividades en generales o servicios en generales, ¿no? Entonces, porque el término general, como les comentaba, para los, digamos, las distintas actividades es diferentes y para, digamos, para alguien que vende televisores, o brinda un servicio de reparación, actividades en generales de repente se refiero a otra cosa.
Para uno que se dedica al tema de marketing, la repente actividades en generales es otra cosa. Pero si yo puedo detallar al momento de constituir en el estatuto las actividades, y así, digamos, en este caso de 20, y así como tu comento, así, así, de droguería en este caso, y pues, tiene otras actividades, sí, sí puedes tener. Si no lo único que tendrías que hacer es detallar en el estatuto las actividades que tú no sólo ahora, sino que tú, a mediano largo plazo, vayas a desempeñar. A ver, ¿qué más?
Vamos a recuperar el archivo, no se preocupe. Franny dice, gracias. Y lo confu, ya, y lo conforme yo sólo, bueno, lo conformaste sólo sin socio, pero si contrato, mozos, cocinelo, y otros servidores para días específicos, gracias. A ver, vamos a complementar tu pregunta, ya, ¿cómo puedo constituir en empresa?
No, tú solo en este caso, y socios, obviamente, pero sí, contrato, mozos, cocinelo, y otros. Franny, en este caso, yo te recomendaría el tema de una empresa individual de responsabilidad limitada, ¿no? Como tú dices, tú solo quieres conformarlo, no quieres o no ves de entre tu panorama, el hecho de tener socios futuros, entonces tú solo lo podrías constituir. Ahora, un dato muy importante que tú tenes, me comenta acá, tú quieres contratar mozos, cocineros, y otros servicios, es concretamente el tema de cómo los vas a, digamos, en qué régimen, si se puede decir así, tus trabajadores van a ser contratados, si hablamos, de que si tus trabajadores van a ser contratados en un horario fijo, y de ocho hora, entonces posiblemente lo más conveniente es que esto se establezca dentro de rubro formal, ¿no?
de una planilla y todo ello. Pero si es que tú, por ejemplo, tan simplemente vas a contratar a alguien por un servicio en especial, y este servicio no va a estar de repente ligado a que tengas que cumplir las ocho horas, y demás, entonces posiblemente tú hagas tan simplemente la contrata por recibo, por un RH profesional, recibo por honorarios profesionales. Bueno, ver de mi, vamos a corregir. Ahora sí.
A ver, son algunos problemas que se le han surgido, por favor, pereñen. Ya, ya estamos corregiendo. Vamos a continuar entonces, a ver, vamos a ver hasta donde hemos avanzado. Habíamos hablado acerca de los criterios de establecer una empresa, y nos estábamos encontrando justamente, o bueno, estábamos terminando, y hablar un poco acerca de las ERL, ¿no?
Perfecto. Ya. Entonces ahora vamos a entrar al tema de la sociedad tan noñima, como hoy les estaba comentando, la ventaja de este tipo de empresa, es que está constituida de dos hasta 749 socios, ¿no? En este caso, en la otra característica importante a tomar en cuenta es que en este caso los socios no se hacen responsables, digamos, o no, o no ponen en riesgo su patrimonio personal, porque en este caso, si la empresa vaya de repente a asumir alguna deuda, alguna sanción, únicamente va a responder con su patrimonio de la empresa, no con el patrimonio del socio.
Bueno, pasamos al tema de la sociedad anónima cerrada, la SAG, dentro de la SAG, como usualmente se le conoce, y ya lo habíamos detallado, usualmente el 65% de peruanos, cuando no se toman esta categoría al momento de constituir su empresa, pues la más conocida, en este caso se constituye con un mínimo de dos personas y pueden llegar a un máximo de 20 socios, ya. La otra característica principalmente, también como la otra, es que los socios no responden y de igual manera con su patrimonio personal. En este caso, la ley general de las sociedades establece el órgano administrativo, el cual tiene que estar integrado principalmente por una junta general de accionistas, seguido de un directorio que puede estar integrado por tres miembros, sean los mismos accionistas, y también por un gerente general. Para el caso de la sociedad anónima cerrada, la ley 26887 establece principalmente de que pueden prescindir del directorio.
¿A qué hace referencia a esto? De que una sociedad anónima, en este caso, está obligada, imaginemos, es de dos hasta 749 socios, entonces, al momento de que se vaya a llamar, de que la junta general de accionista vaya a llamar a una reunión, obviamente es complicado que prácticamente estas junta general se vaya a reunir continuamente, y es por eso, en el caso de la sociedad anónima, si es importante que existe un directorio, porque el directorio, en este caso, va a ser como que es responsable del manejo que vaya a tener el tipo de empresa. Pero, para el caso de que de una sociedad anónima cerrada, como vemos es de dos hasta 20, nada más, no cierto, entonces para este caso, si va a ser posible de que esta junta general de accionistas se pueda reunir periódicamente, y para este caso, la ley establece de que, en este escenario, si se puedan prescindir del directorio. Para el caso de las sociedades anónimas, en este caso, no nima abierta, el carácter distintivo que asume una de la otra, principalmente es que una sociedad anónima abierta está contemplada de más de 750 acionistas o socios.
Porque si nosotros nos estamos cuenta, una sociedad anónima, la traición de este 2 a 749, en mi caso de la sociedad anónima cerrada es de 2 hasta 20, y en mi caso de la sociedad anónima abierta tiene que estar constituida por más de 750. La diferencia que también podemos encontrar es que este tipo de sociedades anónimas abiertas, si debe estar inscrito o registrado principalmente sus acciones en mi mercado de valores. Ahora vamos a pasar un poco a hablar acerca de la sociedad de responsabilidad limitada. Bueno, dentro de las características más resultantes, este tipo de sociedad encontramos el hecho de que se constituye con un mínimo de 2 personas y pueden llegar a tener un máximo de 20 socios.
Si ustedes se dan cuenta, este tipo de sociedad se parece mucho al azaz. Para este caso, los socios de igual manera no responden con el patrimonio personal. La ley general de sociedades, la 26,887, que les había comentado, establece que el capital social se divide en este caso en participaciones, es como los van a denominar, todas aquellas personas que quieren categorizarse dentro de la sociedad con responsabilidad limitada. Y muy posiblemente muchos se preguntarán.
Entonces, si una azaz estipula de 2 hasta 20 socios y una sociedad comercial de responsabilidad limitada estipula de igual manera, cuál sería la diferencia. Pero para ello, vamos a un poco a analizar acerca de los órganos administrativos, como está constituida una sociedad de responsabilidad limitada. Para este caso, está constituida por una junta general de socios y una agerencia. Y respecto al tema de preguntarnos cuál sería la diferencia de una azaz y una sociedad de responsabilidad limitada, principalmente esto estaría constituido, porque al momento de que yo deseo realizar una venta, en este caso de mis acciones, principalmente el proceso que yo voy a realizar es que lo tengo que hacer, digamos, un cambio en los registros públicos y una constancia de la venta de las acciones.
Pero dentro de róbulo de una sociedad de responsabilidad limitada, lo que se va a hacer, principalmente, es una restructura de todo lo ya contemplado. Es decir, hablo de la minuta y todo el estatuto, se tendría que ser una modificación completa al momento de que yo voy a realizar una venta de mis participaciones en este caso. Bueno, les quería pedir mis disculpas por las fallas que de repente han sido citados. Y de esta manera, estaría dando paso nuevamente a todas las consultas que puedan tener con el objetivo, principalmente, de que me puedan comentar un poco acerca de que aquí actividad se dedica.
Y cuáles serían las inquietudes o las dudas que ustedes tengan con respecto al tema de elegir por una sac, por una sac, por una sociedad, por una empresa individual de responsabilidad limitada y demás. Así es que vamos a dar pie por favor al tema de las preguntas. Gracias. A ver.
Perfecto. Tienen algún inquietud como les comentaba, por favor, tan simplemente escribanlo. Y habíamos respondido las preguntas de José y de Prani. Tienen alguna otra inquietud, igual la pueden realizar.
A ver, mientras que van formulando sus preguntas, voy un poco hablando de esa cerca de algunos datos bien curiosos, que de repente les pueda ayudar un poco a despejar algunas inquietudes. El día de ver habíamos hablado un poco acerca de por qué es importante que hoy en día se consideren políticas un tanto más flexibles y más acomodadas al tema de los empresarios o emprendedores que quieren formalizar o constituir su empresa. Es muy importante en este caso, porque ello va a evitar o ello permite perdón de que muchos empresarios adquieran un carácter o una cultura de la formalización. Ya subes también esto va a permitir que el Estado pueda tener mayor captación de impuestos.
Pero por el otro lado también es importante que al momento de que yo voy a constituir mi empresa, también voy a seguir o se van a aperturar un mercado más amplio, porque todos sabemos de que si nosotros nos encontramos en el rubro, digamos, de la informalidad, uno es que se nos ve muy limitado el tema del acceso al financiamiento. No sea la categoría o el tipo de empresa en el que me encuentre, porque de alguna manera la institución financiera en este caso va a requerir necesariamente evaluar nuestros estados financieros. Y nosotros como vamos a mantener un Estado financiero, si es que de alguna manera también nosotros no estamos haciendo digamos una emisión de factura o no estamos llevando nuestro balance general. Entonces por eso siempre es muy importante que nosotros al momento de adquirir el carácter formal, nosotros vayamos también a analizar las ventajas que conlleva.
A ver, rolando muchas gracias por escribirnos, consulta, si vendo productos caseros menor a 10.000 soles mensuales, qué tipo de empresa debo constituir. Bueno, rolando, te comento, el tipo de empresa, como ya le estaba comentando, no tiene una limitante con respecto al volumen de trabajadores ni al volumen de veinta que vayas a realizar. Si tú simplemente podrías adquirir cualquier tipo de las empresas que ya más expuesto, si cualquier tipo, cualquier tipo. En este caso ya va a depender mucho de repente de cómo tú estás viendo a miliado o largo plazo.
Si tú rolando, por ejemplo, quieres tan simplemente ser el único dueño y no quieres tener otros socios, entonces posiblemente te convenga el tema de la empresa categorizada como empresa individual de responsabilidad limitada o posiblemente una persona natural con empresa. Pero como ya les había comentado las diferencias que en una como persona natural con empresa, el riesgo es que si te van a de alguna manera tu empresa va a incurrer en alguna sanción, también se va a haber afectado, no solo el patrimonio de la empresa, sino la ropa y te van a se va a haber afectado el tema de tu patrimonio personal hasta poder cancelar toda la devora. Pero tú te repente pues adquirí fácilmente el tema de una ARL en el cual ya tienes una responsabilidad limitada y solo pues, digamos, se puede pagar con el patrimonio de la empresa. Pero si tú rolando también de alguna manera a mediado largo plazo, tú ves la necesidad de poder, digamos, asociarte o tener más socios, entonces una ARL no te va a convenir.
posiblemente te convenga una SAR o posiblemente también te convenga una sociedad responsable de la limitada, entonces para de alguna manera, digamos, decir mis ventas son tanto, no va a ser una limitante lecho de poder escoger cualquier tipo de empresas. Y cualquiera de ellas te pueden acomodar justamente al volumen de 20 que tú puedas tener. Si existe otra pregunta de igual manera por favor, adan no. Para las personas que recién se conectan el tema que hemos tratado, principalmente es acerca de las ventajas y desventajas que conlleva el hecho de poder constituir mi empresa y hacer como una sociedad animal cerrada, abierta, una sociedad responsable de la limitada o una empresa individual de la responsabilidad limitada.
Y si es que no tuvieran todavía ya una empresa constituida, también me pueden hacer llegar de repente, específicarme aquí, rubro se dedican, que actividad es la hora. Y de alguna manera les podría facilitar algunos detalles a tomar en cuenta el momento de que constituye sus empresas. Ok. Bueno, en este caso si es que no habrían más preguntas.
A ver. Bueno, si es que no existiera más preguntas, nuevamente agradecer por el espacio que se me brinda a nuestros amigos de Cámix. Y ya prácticamente la próxima semana nos vamos a reencontrar con el objetivo principalmente de seguir llevando este curso que se acerca de derecho empresarial. ¿Dónde no solo vamos a considerar el tema de cuáles son mis derechos como empresario, sino también cuáles son mis deberes como empresarios?
A ver, tenemos una consulta de Mario, gracias Mario, que dice. Ninguna empresa se constituye en función al monto de ventas en consumo masivo. Sí, el asunto es eso, no existe una limitante que te diga si tienes ventas, digamos, mayoras 50 súites, no eres una zá. Si o si tienes que hacer una SRL, no, no existe salimintante.
Lo que les comentaba anteriormente es que digamos por una estructura de orden es que existen los criterios para definir si eres una micro, una media, una pequeña o una grande empresa. Tan simplemente existen eso, ¿no? Si yo siendo una zá, de repente puedo ser una micro o una media o una pequeña o una gran empresa, solo para esos establecen estos criterios que posiblemente como ya les había comentado, es decir, si tengo mis ventas mayores a 150 súites, entonces soy considerado como una micro, si es que no tengo ventas mayores a 150 súites y esto equivale a 645 mil súites. Pero siendo un amiglo de repente también puedo ser una zá, o puede ser una empresa individual de responsabilidad limitarano, y por el otro lado no existe un del limitante con respecto al tema del volumen de venta que vaya a tener ni tampoco con respecto al tema de la cantidad de trabajadores que yo vaya a tener.
Juan, a ver, Juan nos pregunta, buenas tardes Juan, ¿cómo estás? Una pregunta, puedo poner una empresa donde tengo que importar muchos productos, ya la vez ser a su exórmima, imagino de importaciones y dar capacitaciones. Bueno, así es que, Juan, al momento de constituir tu empresa dentro de las actividades, has desarrollado o has detallado que vas a realizar ese tipo de actividades, claro que está permitido. Si tú, por ejemplo, vas a realizar el tema de la importación de productos, ya la vez vas a asesorar y demás y estás ya has detallado esas actividades al momento de constituir tu empresa, no existe una limitante como el comento.
La limitante que existe es generalizar el concepto, si poner una manera de servicios en general, al momento de poner como servicios en general, no estoy hielo de repente a detallar qué expunciones voy a cumplir. Como les comentaba, y les decía para un gas fitero, servicios en general, será otra cosa, para un profesional de la contabilidad será otra cosa. Entonces, eso es lo que de alguna manera la sonar, está, te prohide el hecho de generalizar las actividades, pero si te permite el hecho de estipular, aunque sea diez actividades que tu empresa va a realizar, sí, por justamente a la vez, es recomendable, que nosotros no sólo constituyamos una empresa pensando en el presente y diciendo, a, solo voy a dedicarme de repente a vender muebles, nada más, no, posiblemente a mediano largo plazo, comisocios, nosotros estemos en la meta, no sólo de vender, sino también de repente de elaborar, o de repente de importar, o de exportar, lo que fuera. Entonces, nosotros podemos detallar, teniendo un panorama un poco más amplio, eso sería mi consulta con respecto a tu pregunta Juan, gracias.
A ver, si existe otra pregunta, normal lo pueden hacer. Bueno, en todo caso, paríamos dando pie a cerrar, a ver, qué bien, gracias. Dice para incrementar el porcentaje de mis acciones como socio, dando más capital, cuál es la siguiente clases y demás procesos y trámites. Ya, para incrementar el porcentaje de tus acciones como socios, la pregunta en sí sería cuál es la siguiente clases, tiene más procesos y trámites.
Bueno, si por ejemplo, tú estás en la categoría de con tu socio, obviamente, de la categoría de sociedad comercial de responsables y mitadas, esta categoría no es, digamos, muy recomendada principalmente por la complejidad que conlleva el hecho de modificar cualquier variación que vaya a tener. Si hablamos, si quieres incorporar a un nuevo socio o si quieres vender también tus participaciones, esto es un proceso y como que no es reiniciar de cero, pero prácticamente como queda un proceso tanto complicado. Entonces, qué tipo de procesos o trámites va a depender mucho, si tú eres digamos de sociedad de responsabil limitada, si vas a tener la repente que hacer todo un trámite con respecto al estatuto a tu minuto y todo ello, pero si estás en el rudo de una saga y demás, ahí sí como que es un poco más flexible el hecho de poder aumentar tu porcentaje de acciones. Y qué podría hacer ahí?
Bueno, principalmente de repente hacer una compreventa, una compreventa, un documento que lo sustente y la incorporación principalmente eso. Rolando nuevamente gracias por preguntar, dice, ¿Hasta cuántos items de servicio y venta puedo detallar en la minuta de una empresa? Bueno, rolando, creo que son si mal no me equivoco, creo que no hay una capacidad límite, no es que te digan 10 o 15 o 20, no, sino tú puedes detallar muchas actividades las que vas a desarrollar. Ahora, en base a lo que comenta rolando, bueno, en base a su pregunta, imaginamos un caso de que yo estoy vendiendo como les comentaba, mueble y a la vez también detallo la venta, por ejemplo, de a vez de qué puede ser algo muy diferente.
Podría ser, por ejemplo, digamos, la venta de cemento, vamos a llamar así. Yo sé que no son por los muy opuestos, pero a la vez si te das cuentas son rubros muy distintos. No existe una limitante como les digo, pero de repente tú comercialmente en el mercado podrías encontrar una limitante porque como que tus, tus clientes no van a saber a qué actividades estás dedicando, únicamente, de repente por ahí podrías ver una limitante. Pero por el otro lado, en cuanto a un límite de ítems o servicios que vas a prestar, no, no existe.
A ver, Alessandra, nada, a mente. Perfecto, nos pregunta, ¿qué días son las clases de derecho empresarial? Bueno, estamos desarrollando las clases en los días martes, mírclez y jueves, justo también ya habíamos empezado este mart. Bueno, esta semana recibimos empezando y la próxima semana de igual manera, Alessandra y a los demás que nos han podido visualizar les invitamos a que sean partícipes, ¿no?
Como les comentaba, la próxima semana vamos a abordar y analizar más detenidamente varias de las preguntas que ustedes han hecho, ¿no? De cuál es un proceso de las ventas o de la compra, de las acciones o también el tema de los deberes como empresarios, ¿no? ¿Cuál es el mis deberes? ¿Cuál es, digamos, el régimen llamas abarcando el tema de las zonas, por ejemplo, ¿cuáles son los régiles que de alguna manera están más acomodadas?
De repente, al actividad que yo voy a realizar, al movimiento económico que yo voy a realizar, porque si mal, digamos, una mala información, muchas veces hace de que la zonas se convierta en nuestro enemigo, más que un aliado. Entonces, si más que decir, muchas gracias nuevamente a agradecer a los amigos de Cámix, que nos permiten utilizar la plataforma para poder impartir el curso de derecho empresarial y de igual manera, agradecer bastante a ustedes por su participación. Me despido sin más que decir, muchas gracias.
